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La Planificación de nuestros años dorados puede llegar a ser un desafío

Thu 19 Apr, 2012 | Misceláneas by

Para muchos de nuestros ancianos, llega un tiempo cuando ellos no pueden cuidarse a sí mismos. Si esa persona a comprado un seguro de cuidado a largo plazo, es rico o indigente, su cuidado no debería ser un problema.

Desafortunadamente muchos de nuestros ancianos caen en el “vacío”,  ellos hacen demasiado dinero para calificar para Medicaid y ellos, a la vez, no tienen suficiente dinero para pagar por su cuidado privadamente. Muy a menudo, si  tienen hijos, sus hijos no pueden cuidarlos. La mayoría de los ancianos han trabajado su vida entera, ellos han contribuído a la sociedad y han pagado al sistema. Nosotros deberíamos tener una estructura la cual provea con una póliza a largo plazo para cuidar a las personas ancianas cuando ellas no  pueden cuidarse por ellas mismas, sin importar su estado financiero.

Florida es sin duda un estado en el que vemos  muy a menudo ejemplos  en el servicio de enfermería y establecimientos de vivienda asistida que carecen de suficiente y capacitado personal, proveyendo  un nivel de higiene y limpieza en las instalaciones que es menos de lo que nosotros aceptaríamos para nosotros mismos. Se lo debemos a nuestros ancianos de edad avanzada. Ellos se han ganado nuestra obligación de mantenerlos seguros y bien atendidos en instalaciones en las que cualquiera de nosotros no nos importaría vivir.

  • Nosotros deberíamos como miembros de una familia y ciudadanos del estado estar atentos que el sistema existente proteja a nuestros ciudadanos de edad avanzada.
  • Residencias y establecimiento de vivienda asistida a largo plazo deberían ser inspeccionadas periódicamente para asegurar   la calidad de atención que los residentes reciben. No existe ninguna razón  justificable para que un residente  de un asilo de ancianos o centro de asistencia sufra heridas por ulceración, como resultado de descuido o pobre atención en su cuidado. Nosotros tenemos agencias encargadas de garantizar la seguridad que las instalaciones se  mantengan limpias y que cuenten con personal adecuado.

Podemos estar atentos y vigilantes. Si nosotros tenemos miembros de nuestra familia o amigos en dichas facilidades, nosotros deberíamos envolvernos (asegurarnos) de que ellos reciben los cuidados que corresponden. Nosotros deberíamos insistir que los centros de enfermería tengan suficiente personal para responder a las necesidades de las personas, preservando su dignidad.

El Estado de Florida provee un servicio que mucha gente desconoce: El Defensor del Pueblo de la Florida para el Departamento de Asuntos de Personas Mayores:

“Un ombudsman es un defensor de las personas que viven en asilos de ancianos, instalaciones de vida asistida y hogares de cuidado familiar para adultos. Todos los servicios son confidenciales y gratuitos.”

Los residentes de los asilos de ancianos en el estado de la Florida tienen ciertos derechos que le otorga el estatuto de Florida e incluyen:

  • Las libertades civiles y religiosas.
  • La comunicación privada y sin censura
  • Visitas de cualquier persona que proporciona salud, servicios sociales, legales o de otro tipo, el derecho de retirar el consentimiento en cualquier momento.
  • Presentar quejas y recomendar cambios en las políticas y servicios libres de restricciones, interferencias, coerción, discriminación  o represalias. Incluye el derecho de tener acceso a los Defensores del Pueblo y otros grupos de defensa.
  • Organizar y participar en grupos de residentes.
  • Participar en actividades sociales, religiosas y de la comunidad, que no interfieran con los derechos de los demás.
  • Examinar los resultados de las últimas inspecciones hechas a las facilidades  por las agencias estatales y federales incluyendo el plan de correcciones en caso de ser aplicable.
  • Manejar sus propios asuntos financieros. Una contabilidad trimestral se entregará al residente o al representante legal.
  • Estar totalmente informado, verbalmente o por escrito, de los servicios disponibles en la facilidad y los cargos correspondientes por dichos servicios.
  • Rechazar medicamentos, tratamiento médico y conocer consecuencias.
  • Recibir atención médica adecuada y apropiada, protección y servicios de apoyo dentro de los estándares  establecidos y reconocidos.
  • Privacidad en el tratamiento y en la atención a las necesidades personales.
  •  Estar informado de la condición médica, el tratamiento a proponer y estar permitido en la participación del planeamiento del mismo.
  • Ser tratado con cortesía, con justicia y con el máximo grado de dignidad.
  • Estar libre de abuso mental y físico, castigos corporales, reclusión involuntaria prolongada, restricciones físicas y químicas, excepto las ordenadas por el médico residente.
  • Ser transferido o dado de alta sólo por razones médicas, bienestar de otros residentes o falta de abono de la factura.
  • Recibir una notificación escrita anticipada de treinta (30) días por descargo o reubicación y desafiar la notificación.
  • Elegir el médico y farmacia.
  • Conservar, usar ropa y posesiones personales.
  • Tener copias de las normas y reglamentos de la institución.
  • Notificación previa  en caso de cambio de habitación.
  • Información relativa a la política de reserva de camas para la hospitalización.

Si usted sospecha que un hogar de ancianos o centro de asistencia proporciona cuidados de calidad inferior que los residentes merecen, existe una solución. Usted puede presentar una queja ante el ombudsman estatal a través del Departamento de Asuntos de Personas Mayores o llame al 1-888-831-0404 o cualquier otra agencia incluyendo en el sitio web de Defensor del Pueblo, incluyendo:

  • Cuidado a Largo Plazo del Programa Ombudsman
  • Florida Abuse Hotline
  • Agencia para la Administración de la Salud
  • Línea de Ayuda al Anciano
  • Fraude al Medicaid
  • División de Seguro de la Calidad Médica ( Departamento de Salud)

Todos debemos tomar un momento y preguntarnos: “Cuando llegue el momento y yo ya no puedo cuidar de mí mismo. Tengo yo un plan establecido?”

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